ASOCIACIÓN NAVARRA DE EMPRESARIOS
DE TRANSPORTE POR CARRETERA Y LOGÍSTICA

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31-01-2011
Aprueba las 44 toneladas y establece las condiciones y los plazos de aplicación
El 17 de enero de 2011 se publicó en el Boletín Oficial de la República Francesa el Décret 2011-64 relativo a los pesos totales en carga para vehículos a motor destinados a transporteterrestre.
En dicho decreto se modificaba el peso total de 40 a 44 toneladas para determinados vehículos y transportes:
Posteriormente, el 18 de enero de 2011 se publicó, también en el Boletín Oficial de la República Francesa el Arrêté que especifica los distintos vehículos y mercancías autorizados a transportar hasta 44 toneladas.
Los vehículos autorizados son:
Estas disposiciones no son aplicables para transportes combinados
Los conjuntos de vehículos provistos de 5 ejes estarán autorizados desde el 31 de diciembre de 2018 si su fecha de matriculación es posterior al 1 enero de 2014.
Los remolques y semirremolques con caja móvil no están autorizados para transportar más de 40 toneladas.
Se distingue el peso máximo para semirremolques de 2 ejes que se fija en 37 toneladas y el peso máximo para semirremolques de 3 ejes que se fija en 38 toneladas, manteniendo el peso total del conjunto de vehículos en 44 toneladas.
Como Anexo en Arrêté, se detallan las mercancías incluidas como Productos Agrícolas y Agroalimentarios:
o Animales vivos.
o Carne y despojos comestibles.
o Pescado, marisco, moluscos y otros invertebrados acuáticos.
o Leche, productos lácteos, huevos de ave, miel natural.
o Plantas vivas y productos florales.
o Legumbre, plantas, raíces y tubérculos.
o Frutos comestibles, corteza de cítricos y de melón.
o Café, té, mate y especias.
o Productos molidos, malta almidón, fécula, inulina, gluten de harina.
o Granos y frutos oleaginosos, grano, semillas de frutos diversos, plantas industriales
o medicinales, paja y forraje.
o Gomas, resinas y otras extracciones de origen vegetal.
o Grasas y aceitas de origen animal o vegetal.
o Preparados de carne, pescado, de marisco, de moluscos y otros invertebrados acuáticos.
o Azúcar y dulces.
o Cacao y sus preparados.
o Preparaciones a base de cereales, harinas, almidón, fécula o leche, pastelería.
o Preparaciones de verduras, frutas y otras partes de plantas.
o Bebidas, líquidos alcohólicos y vinagre.
o Residuos y despojos de la industria alimentaria, alimentos preparados para animales.
o Tabaco y sucedáneos del tabaco manufacturado.
o Sal alimenticia.
o Fertilizantes de origen animal o vegetal
o Lino y cáñamo no elaborado.
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